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Preguntas Frecuentes sobre INDEMNIZACIÓN LABORAL

1. ¿Tengo derecho ser indemnizado por mis heridas?
Usted será indemnizado en caso de que haya ocurrido lo siguiente:

  • Su empleador tenía 3 o más empleados el día en que usted fue herido.
  • El accidente tuvo lugar dentro de Carolina del Norte o fuera del estado si su empleador tiene su lugar principal de trabajo en este estado.
  • Usted fue herido según está definido en el Acta.

2. ¿Qué clase de heridas están cubiertas?
Se pueden realizar demandas si ha habido un accidente, una enfermedad ocupacional (algo que ocurre a través de un largo período de tiempo y por lo cual el empleado tiene mayor riesgo de contraer esa enfermedad que el público en general debido al empleo), o una herida traumática específica (daños en la espalda, por ejemplo por haber levantado algo pesado y haber sentido un ruido y dolor). Las heridas por enfermedades ocupacionales están muy delimitadas, como el  túnel carpiano (daño en las manos debido a un movimiento repetitivo). Su reclamo será presentado bajo uno de estas tres condiciones después de haber hablado con su abogado y con los testigos.

3. ¿Qué ocurre primero?
Nosotros inmediatamente presentamos una notificación ante la Comisión Industrial de Carolina del Norte, anteponiendo un Formulario 18. A pesar de que técnicamente usted puede presentarlo hasta dos años después del incidente, sus posibilidades de éxito decrecen en la medida que más tiempo demore en hacerlo. Para protegerlo, nosotros realizamos este trámite dentro de las 72 horas después de presentado el caso a esta empresa.

4. ¿De qué manera mi reclamo es aceptado?
El portador tiene 14 días para tomar una decisión después de haber presentado el Formulario 18. No obstante, nosotros hablamos por teléfono inmediatamente con  el coordinador de seguros resolviendo cualquier asunto. Si existe una discusión sobre si el daño ocurrió o no, nosotros le proveemos a la compañía aseguradora toda la documentación que podemos para que el reclamo sea aceptado. El coordinador generalmente quiere una entrevista grabada (la cual nosotros disponemos para usted). Dentro de los primeros 30 días, deberíamos saber si su reclamo será un “reclamo aceptado” o no.

5. ¿Qué ocurre si mi reclamo no es aceptado?
Si la compañía aseguradora no aceptara inmediatamente su reclamo, nosotros en el acto presentamos un Formulario 33, que es una “Solicitud de Audiencia”. Una vez que nuestra solicitud es presentada, hay una mediación en la cual todos nos reunimos y tratamos de resolver el asunto. Si esto falla, entonces se lleva a cabo una audiencia ante la Comisión Industrial de Carolina del Norte la cual decidirá si su reclamo es válido o no.

6. ¿Cuánto dinero recibo si mi reclamo es aceptado?
Usted tendrá derecho a dos tercios de su salario promedio semanal como compensación siempre que un médico le haya impedido trabajar. Usted también tendrá derecho a que le sean abonadas todas sus facturas médicas. Los responsables por su Indemnización Laboral pueden seleccionar los médicos que usted debe consultar; pero usted también tiene derecho a una segunda opinión o a cambiar de médico bajo ciertas circunstancias. Nosotros nos aseguramos que usted esté consultando al  médico correcto. Usted también tiene derecho a que le sean abonados todos los gastos por medicinas, servicios médicos y transporte.

7. ¿De qué manera mi reclamo es resuelto?
Nuestra principal preocupación es que su reclamo sea aceptado y que usted pueda comenzar a disfrutar de los beneficios.  En cierto punto, después de que usted se haya recuperado, puede llegar el momento en que sea más conveniente intentar resolver su reclamo en forma completa. Esto generalmente ocurre después de que usted ha sido dado de alta por un médico en forma definitiva. Si resolver la consulta totalmente parece ser lo más conveniente para usted, entonces realizaremos un reclamo a la compañía aseguradora y ofreceremos la resolución total del caso. La compañía de seguros negociará un acuerdo final. A esto se le llama “hacer lugar a su reclamo”.

8. ¿Por qué necesito un abogado?
A veces usted no necesita un abogado para ayudarlo con su demanda. No obstante, nadie debería intentar manejar una demanda por indemnización laboral sin al menos pedir cierto asesoramiento. Hay muchos derechos y beneficios valiosos que se le deben pagar a un trabajador que ha sido herido y la compañía aseguradora no está obligada a hacérselos saber o a ayudarlo a recibirlos. Nosotros recomendamos firmemente contar con la ayuda de un abogado para que lo acompañe en el proceso de la demanda aún cuando usted no contrate a un abogado

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