Pero si me accidenté en su propiedad
Cuando alguien sufre un accidente en la propiedad de otra persona, la mayoría suele pensar que el dueño o quien está a cargo del lugar es automáticamente responsable.
Sin embargo, para decidir si alguien es responsable o no, tiene que haber culpa de por medio: ser el dueño del lugar no es suficiente.
En Carolina del Norte, el dueño de una propiedad tiene el deber de darle a ésta un cuidado razonable para ofrecer un lugar seguro a quienes lo visitan. La definición de cuidado razonable varía dependendiendo de las circunstancias de cada caso. Sin embargo, nuestras cortes han decidido que el dueño de una propiedad tiene el deber de alertar a los visitantes o inquilinos sobre peligros escondidos o condiciones no seguras para que éstos puedan ser debidamente inspeccionados .
Pero así como el dueño tiene sus deberes, el visitante o inquilino debe también tener cuidado razonable en propiedad ajena. Esto es especialmente cierto en los casos llamados de responsabilidad de propiedad [premises liability].
Nuestras cortes han indicado que el visitante o inquilino debe estar alerta ante condiciones peligrosas. Si resulta lesionado por algo que pudo haber evitado estando alerta, se considera un acto negligente y el afectado no puede reclamar. Lo mismo ocurre cuando el afectado sabía del peligro de antemano y no hizo nada para evitarlo.
La mayoría de los abogados le dirán que las demandas de responsabilidad de propiedad [premises liability] son las más difíciles de ganar en Carolina del Norte. Esto se debe principalmente a que, regularmente, la gente común y corriente que conforma los jurados suele pensar que quien sufrió el accidente debió estar más atento por dónde iba y evitar el peligro. Aunque todos sabemos que esto no siempre es verdad, algunos miembros del jurado pensarán así, considerarán que el accidentado fue negligente y negarán cualquier compensación.
La cosa se complica cuando se analiza la forma en que alguien se cayó. Si se trata de un resbalón o tropezón, el accidentado debe demostrar que el dueño de la propiedad conocía el problema que ocasionó su caída y no hizo nada para arreglarlo.
Es raro que los dueños no corrijan problemas que pueden llevarles a una demanda. A veces simplemente no saben que existe el problema. Además, es deber del accidentado demostrar que el dueño de la propiedad debió haber sabido del problema, lo cual ofrece evidencia sobre por cuánto tiempo existió el problema, qué tan notorio era, entre otras cosas. Sin embargo, cuanto más evidente era el peligro y más probable que el dueño supiera de éste, también es más probable que el accidentado lo hubiera visto también. Como ven, la evidencia señala a más de una persona en algunos casos.
Así que, si se lastimó en propiedad ajena, el hecho que sea de alguien más no significa que sean responsables de su accidente. Consulte inmediatamente a un abogado quien puede hacer las preguntas correctas para saber si los hechos que rodean su lesión servirán o no para una demanda contra el dueño de la propiedad






